BOLETIN 59
LA FIGURA DE COMPENSACIÓN APLICABLE EN EL DERECHO CIVIL NO ES UN MEDIO DE PAGO PARA ACREDITAR EL
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.
¿EN QUE CONSISTE?
Ciudad de México, Agosto 15, 2022
Apreciables Clientes y Amigos:
Con el gusto de saludarlos.
El día 12 de agosto del presente año, se publicó en el Semanario Judicial de la Federación la jurisprudencia PC.XVI.A.J/4A con Registro Digital 2025094, cuyo rubro es el siguiente “IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. EL ANÁLISIS DE LOS ARTÍCULOS 1o.-B Y 5o., FRACCIÓN III, DE LA LEY RELATIVA, NO DA LUGAR A INTERPRETAR QUE EN LA DEVOLUCIÓN DE SALDO A FAVOR, LA FIGURA EXTINTIVA DE LA COMPENSACIÓN, APLICABLE EN EL DERECHO CIVIL, SEA UN MEDIO DE PAGO PARA ACREDITAR DICHO IMPUESTO (LEGISLACIÓN VIGENTE EN LOS EJERCICIOS FISCALES 2019 Y 2020).”
Dicha tesis establece que, si bien la compensación es una forma de extinción de las obligaciones, ésta no da lugar al acreditamiento pues, primero, es necesario que se demuestre que el impuesto ha sido efectivamente pagado en el mes del que se trate, y segundo, el artículo 2192 fracción VIII del Código Civil Federal, prevé que la compensación no tiene lugar cuando las deudas están relacionadas con obligaciones fiscales.
Sin embargo, en la jurisprudencia, también se señala que la compensación únicamente puede ser empleada para el pago de obligaciones fiscales siempre y cuando sean cantidades que el contribuyente tenga a su favor, contra las que esté
obligado a pagar por adeudo propio y que deriven de un mismo impuesto, siendo que el contribuyente tiene tanto el carácter de acreedor como de deudor ante la autoridad hacendaria.
Conforme a lo anterior, si bien la compensación si se puede utilizar para el pago de obligaciones fiscales bajo ciertos supuestos, ésta no es un medio para acreditar el impuesto al valor agregado.
En nuestra firma esperamos que esta información sea de su utilidad, recordando que Garcia Arredondo Abogados se encuentra a su disposición, por las posibles consultas que se pudiesen generar acerca de la información aquí descrita.
Les mando un abrazo.
Atentamente.
Mtro. Jaime Armando Garcia Arredondo
Director General