BOLETIN 52

“AVISO” AL RFC PARA SU INGRESO AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE CONFIANZA (RESICO).

¿EN QUE CONSISTE?.

Ciudad de México, Enero 3, 2022

  

Apreciables Clientes y Amigos:

 Con el gusto de saludarlos.

 

El 12 de noviembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se reforman, adiciona y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) donde se establece que los contribuyentes deberán presentar un “aviso” al RFC para su ingreso al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).

El aviso lo presentaran los siguientes:

  •  Personas físicas inscritas en el régimen de incorporación fiscal (RIF) y desean permanecer en este régimen.
  • Personas morales obligadas a tributar en RESICO.
  • Personas físicas que quieran pasar a RESICO.

    El articulo Segundo Transitorio de la LISR para 2022 en sus fracciones IX y X precisa que aquellos contribuyentes que opten por tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) deberán presentar un aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a más tardar el 31 de enero de 2022, de no realizar dicho aviso la autoridad podrá realizar la actualización para que tributen como RESICO.

    Sólo los contribuyentes que estuvieron tributando en RIF hasta el 31 de agosto de 2021 pueden permanecer en el.

    El articulo Segundo Transitorio de la LISR para 2022 en su fracción I establece que aquellos contribuyentes que tributen en el Régimen General de Personas Morales o en el Régimen de Flujo de Efectivo de Personas Morales deberán inscribirse al RESICO siempre que cumplan los requisitos correspondientes y presenten a más tardar el 31 de enero de 2022 el aviso de actualización de actividades y obligaciones ante el SAT. 

    De no presentar dicho aviso la autoridad podrá realizar la actualización registrándolos en el RESICO.

    Las personas físicas que se encuentren inscritas en el Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales o Régimen de Arrendamiento que busquen migrar a RESICO podrán presentar el aviso de actualización al RFC siempre y cuando no estén en los supuestos de exclusión.

    En nuestra firma esperamos  que esta información sea de su utilidad , recordando que Garcia Arredondo Abogados  se encuentra a su disposición, por las posibles consultas  que se pudiesen generar  acerca de la información aquí descrita.

    Les mando un abrazo.

    Atentamente.

    Mtro. Jaime Armando Garcia Arredondo

                  Director General

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